Una de las grandes dudas que te surgen cuando piensas en modificar tu coche es sí podrás continuar utilizándolo por la vía pública tranquilamente sin que te multen. La mejor solución es homologar todas las reformas de importancia que se hayan hecho, y conducir tu vehículo tranquilamente por las carreteras sin sufrir cuando veas una patrulla de tráfico o policía. Por este motivo llevan surgiendo desde hace unos años empresas que se dedican en exclusiva a homologar coches tipo turismos, 4×4, todoterrenos, furgones, remolques, caravanas, etc. para que puedan pasar la ITV y circular legalmente por todas las carreteras.
El apartado «HOMOLOGACIONES» es de aplicación para todos los vehículos NO matriculados en España, ya sea, por ser vehículos de importación, cambios de residencia, nuevos o con documentación perdida. La normativa de aplicación es el RD750/2010, de 4 de Junio.
Estas Homologaciones de vehículos se utilizan para la puesta en circulación de los mismos y sirven para conseguir la tarjeta de ITV nacional.
Las consultas o trabajos más comunes son los siguientes:
Vehículos* de importación con/sin homologación europea
Vehículos* de importación con/sin homologación española.
Vehículos* de importación por un cambio de residencia.
Vehículos* sin documentos.
Vehículos* históricos.
El marcado CE es el proceso mediante el cual el fabricante/importador informa a los usuarios y autoridades competentes de que el equipo comercializado cumple con la legislación obligatoria en materia de requisitos esenciales.
Es obligatorio para determinados grupos de productos en el Espacio Económico Europeo, formado por los 27 Estados miembros de la UE y los países de la AELC Islandia, Noruega y Liechenstein. Asimismo es obligatorio para todos los productos fabricados en terceros países y que son vendidos en la comunidad Europea. En este caso, el importador debe asegurar que el fabricante de fuera de la UE ha seguido los pasos necesarios para dotar al producto del marcado CE.